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Hacienda y finanzas públicas de Castilla y León

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Relación de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el registro, supervisión y sanción de los Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios que no sean entidades de crédito o establecimientos financieros de crédito autorizados administrativamente como tales cuando operen exclusivamente con prestatarios domiciliados en el territorio regional y tengan la sede de su administración central en dicho territorio.

La competencia de registro, supervisión y sanción de aquellos intermediarios y prestamistas que operen con prestatarios de más de una Comunidad Autónoma está atribuida al Banco de España.

Según establece el artículo 16 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, el personal al servicio del prestamista, intermediario de crédito o representante designado deberá reunir en todo momento los conocimientos y competencias necesarios y actualizados sobre las materias recogidas en el artículo 32 bis de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, en la redacción dada al mismo por Orden ECE/482/2019, de 26 de abril (Boletín Oficial del Estado de 29 de abril de 2019). La duración mínima de esta formación debe ser la establecida por el artículo 32 ter y se acreditará en la forma señalada en artículo 32 quáter de esa misma Orden.