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Hacienda y finanzas públicas de Castilla y León

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Concesión de avales

La Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, regula en los artículos 200 a 211 el régimen general de los avales concedidos por la Junta de Castilla y León. Por otro lado, hay que tener en cuenta el Decreto 24/2010, de 10 de junio, por el que se regula la prestación de avales por la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, que establece el procedimiento a seguir para la concesión, resolución y formalización de estos avales.

Sin embargo, los límites y condiciones concretos para cada ejercicio, en cuanto a importes, destinatarios y finalidad de los avales concedidos, hay que buscarlos en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León de cada año.

En cuanto a la gestión de los avales otorgados (tramitación de las solicitudes de aval, control y seguimiento de las operaciones avaladas, la tramitación de las propuestas de pago cuando se ejecuten los avales o la exigencia de reembolso), es una función atribuida a la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera.