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Hacienda y finanzas públicas de Castilla y León

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Sistema Financiero

El artículo 80 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece los objetivos de la Comunidad de Castilla y León en el ejercicio de sus competencias en esta materia, que son: fortalecimiento del sistema financiero regional, cumplimiento de su función económica y social, fomento de su participación en los objetivos económicos estratégicos de la Comunidad, protección de los derechos e intereses de los usuarios, promoción de la inversión en la Comunidad, vigilancia del cumplimiento de las normas de ordenación y disciplina, y protección de su independencia, prestigio y estabilidad.

Las funciones en materia de política financiera atribuidas a la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera pueden sintetizarse en la ordenación y supervisión de cuatro grupos de entidades o intermediarios financieros:

Cajas de Ahorros

Cajas de Ahorros en Castilla y León

En la actualidad no existen cajas de ahorros que operen en Castilla y León tras su transformación en fundaciones, impuesta por la normativa estatal.

Sin embargo, una serie de grupos bancarios que operan en Castilla y León son receptores de la actividad financiera que venían realizando las cajas de ahorros con domicilio social en la región:

  • Unicaja Banco
  • CaixaBank
  • Ibercaja Banco
Funciones de la Administración Autonómica en materia de Cajas de Ahorros

La normativa vigente atribuye a la Administración Autonómica el ejercicio del protectorado de las Cajas de Ahorros de Castilla y León y determinadas funciones supervisoras, fundamentalmente relacionadas con su creación, transformación y extinción, sus estatutos y órganos de gobierno, y su obra social.

Con el ejercicio de estas funciones se pretende garantizar los objetivos básicos y fines de las Cajas de Ahorros, orientados al fomento del ahorro, la gestión eficiente de los recursos que les son confiados y la estabilidad y seguridad de los fondos en ellas depositados; así como contribuir al desarrollo social y económico de nuestra Comunidad

Normativa Autonómica Relativa a Cajas de Ahorros
Modelos en materia de Cajas de Ahorros
Descarga del documento tipo DOC. Abre una nueva ventanaAutorización Actividad CajaAhorros (101 kbytes)

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaRegistro AltosCargos Cajasdeahorros (1.186 kbytes)

Cooperativas de Crédito

Cooperativas de Crédito en Castilla y León

Sobre las Cooperativas de Crédito concurren competencias estatales y autonómicas, para cuya delimitación debe tenerse presente, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, no sólo el lugar de su sede social sino también el ámbito territorial de su actividad:

Cooperativas de Crédito con sede social en Castilla y León y cuyo ámbito de actuación no excede el territorio regional:

  • Caja Rural de Salamanca

Cooperativas de Crédito con domicilio social en Castilla y León, pero cuyo ámbito operativo supera el territorio regional:

  • Caja Rural de Burgos, Fuentepelayo, Segovia y Castelldans (Cajaviva)
  • Caja Rural de Soria
  • Caja Rural de Zamora

Cooperativas de crédito con sede fuera de la Comunidad, pero con oficinas abiertas en la región:

  • Cajamar Caja Rural
  • Caja Laboral
  • Eurocaja Rural
  • Caja Rural de Almendralejo
Funciones de la Administración Autonómica en materia de Cooperativas de Crédito

Funciones sobre el régimen de organización de las Cooperativas de Crédito de Castilla y León:

  • Estudio y elaboración de propuestas normativas relativas a las Cooperativas de Crédito.
  • Evaluación e informe previo a la autorización administrativa para la creación, fusión, escisión, transformación, reactivación, disolución, extinción y, en su caso, revocación de Cooperativas de Crédito cuyo ámbito de actividad ordinaria y habitual no exceda del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
  • Informe previo a la inscripción en el Registro de Cooperativas de Castilla y León de los actos registrales referidos a Cooperativas de Crédito cuyo ámbito de actividad ordinaria y habitual no exceda del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
  • Autorización de las modificaciones de los Estatutos de dichas Cooperativas de Crédito. 
  • Gestión del Registro de Cooperativas de Crédito y Cajas Rurales de Castilla y León.
  • Gestión del Registro de Altos Cargos de las Cooperativas de Crédito y Cajas Rurales de Castilla y León.


Funciones de supervisión:

  • Recepción y análisis de la información periódica que deben remitir las Cooperativas de Crédito de Castilla y León.
  • Requerimiento, recepción y análisis de cuanta información y documentación se considere necesaria sobre la actividad, gestión y situación económica de las Cooperativas de Crédito que operen en el territorio de Castilla y León.
  • Seguimiento de la expansión de las Cooperativas de Crédito que operan en Castilla y León.
  • Verificación de los Reglamentos para la Defensa del Cliente de las Cooperativas de Crédito de Castilla y León y el resto de funciones que derivan de las normas para proteger los derechos de su clientela.
  • Supervisión financiera, disciplina, inspección y sanción de las Cooperativas de Crédito de Castilla y León, en coordinación con el Banco de España.
Normativa Autonómica relativa a Cooperativas de Crédito
Modelos en materia de Cooperativas de Crédito
Descarga del documento tipo DOC. Abre una nueva ventanaRegistro de cooperativas de crédito y cajas rurales. (96 kbytes)

Descarga del documento tipo DOC. Abre una nueva ventanaRegistro de altos cargos cooperativas de crédito y cajas rurales (101 kbytes)

Descarga del documento tipo DOC. Abre una nueva ventanaPresentación de documentación por las cooperativas de crédito (93 kbytes)

Descarga del documento tipo DOC. Abre una nueva ventanaAtención y defensa del cliente de las cooperativas de crédito (105 kbytes)

Descarga del documento tipo DOC. Abre una nueva ventanaAutorización administrativa para el ejercicio de la actividad por las cooperativas de crédito. (105 kbytes)

Descarga del documento tipo DOC. Abre una nueva ventanaModificación de los estatutos de las cooperativas de crédito. (100 kbytes)

Descarga del documento tipo DOC. Abre una nueva ventanaModificación estructural de las cooperativas de crédito. (105 kbytes)

Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios

Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios en Castilla y León

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el registro, supervisión y sanción de los Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios que no sean entidades de crédito o establecimientos financieros de crédito autorizados administrativamente como tales cuando operen exclusivamente con prestatarios domiciliados en el territorio regional y tengan la sede de su administración central en dicho territorio.

La competencia de registro, supervisión y sanción de aquellos intermediarios y prestamistas que operen con prestatarios de más de una Comunidad Autónoma está atribuida al Banco de España.

Según establece el artículo 16 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, el personal al servicio del prestamista, intermediario de crédito o representante designado deberá reunir en todo momento los conocimientos y competencias necesarios y actualizados sobre las materias recogidas en el artículo 32 bis de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, en la redacción dada al mismo por Orden ECE/482/2019, de 26 de abril (Boletín Oficial del Estado de 29 de abril de 2019). La duración mínima de esta formación debe ser la establecida por el artículo 32 ter y se acreditará en la forma señalada en artículo 32 quáter de esa misma Orden.

Funciones de la Administración Autonómica en materia de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios

Funciones relativas a su régimen de organización:

  • Inscripción de los intermediarios de crédito inmobiliario en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, requisito previo para el ejercicio de la actividad.
  • Inscripción de los prestamistas inmobiliarios en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, requisito previo para el ejercicio de la actividad.
  • Revocación del reconocimiento para operar como intermediario de crédito inmobiliario o prestamista inmobiliario.

Funciones de supervisión:

  • Control de los aspectos de su actividad específicamente previstos y control general del cumplimiento permanente de las obligaciones y requisitos normativamente establecidos.
  • Requerimiento, recepción y análisis de cuanta información y documentación deban remitir periódicamente o se considere  necesaria.
  • Autorización de prácticas concretas de venta vinculada de préstamos hipotecarios.
  • Incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores en relación con su actividad.
Normativa Autonómica relativa a Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios
Acceso al Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León
Modelos en materia de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios

Mutualidades de Previsión Social no integradas en la Seguridad Social

Mutualidades de Previsión Social en Castilla y León

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León la supervisión de las Mutualidades de Previsión Social cuyo domicilio social, ámbito de operaciones y localización de los riesgos o asunción de compromisos se circunscriba al territorio regional, reservándose el Estado el alto control económico-financiero.

En la actualidad solo cumple estos requisitos la Mutualidad de Previsión Social “San Ignacio”.

Funciones de la Administración Autonómica en materia de Mutualidades de Previsión Social

Funciones relativas a su régimen de organización:

  • Estudio y elaboración de propuestas normativas relativas a las mutualidades de previsión social no integradas en la Seguridad Social cuyo domicilio social, ámbito de operaciones y localización de los riesgos o asunción de compromisos se circunscriba al territorio regional, respetando las bases de ordenación y supervisión de los seguros privados.
  • Concesión de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad, así como su revocación, previo informe de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Estado.
  • Autorización de cesiones de cartera, transformación, fusión y escisión.
  • Control administrativo y posibilidad de intervención en los casos de disolución y liquidación.
  • Gestión del Registro de Mutualidades de Previsión Social de Castilla y León no integradas en la Seguridad Social.

Funciones de supervisión:

  • Recepción y análisis de la información periódica que deben remitir las Mutualidades de Previsión Social.
  • Requerimiento, recepción y análisis de cuanta información y documentación se considere necesaria sobre la actividad, gestión y situación económica de las Mutualidades de Previsión Social de Castilla y León.
  • Verificación de los Reglamentos para la Defensa del Cliente de las Mutualidades de Previsión Social de Castilla y León y el resto de funciones que derivan de las normas para proteger los derechos de su clientela.
  • Supervisión financiera, disciplina, inspección y sanción de las Mutualidades de Previsión Social de Castilla y León.
Normativa Autonómica relativa a Mutualidades de Previsión Social
Acceso al Registro de Mutualidades de Previsión Social de la Comunidad de Castilla y León no integradas en la Seguridad Social
Modelos en materia de Mutualidades de Previsión Social

Estadísticas sobre el sistema financiero regional