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Hacienda y finanzas públicas de Castilla y León

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Otros recursos de las Comunidades Autónomas procedentes del Estado


El artículo 158.2 de la Constitución Española establece que "con el fin de corregir los desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas".


El régimen jurídico se encuentra contenido en la Ley 22/2001, de 27 de diciembre reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial, modificada por la Ley 23/2009, de 18 de diciembre.