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Hacienda y finanzas públicas de Castilla y León
Hacienda y finanzas públicas de Castilla y León
Pueden tener la condición de entidades financieras adheridas al servicio de constitución telemática de garantías mediante aval las entidades de crédito y las sociedades de garantía recíproca que consten como autorizadas por el Banco de España para la concesión de avales.
La adhesión se deberá solicitar completando el formulario teletramitable disponible en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León:
Solicitud de adhesión al servicio de constitución telemática de garantías mediante avalLa solicitud de adhesión al servicio de constitución telemática de garantías mediante aval implica la asunción por parte de la entidad financiera de las siguientes obligaciones:
La resolución de autorización o denegatoria será motivada y se notificará a la entidad solicitante.
De acuerdo con lo expuesto, las entidades financieras adheridas podrán solicitar en cualquier momento la modificación de los datos de domicilio, apoderados y dirección de correo electrónico que figuren como activos en la Oficina Virtual, para lo que se deberá completar el formulario teletramitable disponible en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León:
Solicitud de modificación de datos de entidades financieras adheridasLa adhesión de una entidad financiera al servicio de constitución telemática de garantías mediante aval podrá ser revocada en cualquier momento, a solicitud de la propia entidad o a propuesta de la unidad administrativa de la que dependa la gestión de la Caja General de Depósitos de la Comunidad. Dicha resolución de revocación sería motivada y notificada a la entidad financiera.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden por la que se regula la constitución telemática de garantías mediante aval ante la Caja General de Depósitos de la Comunidad de Castilla y León, así como su posterior cancelación, las entidades financieras adheridas al sistema de constitución telemática de garantías mediante aval son las siguientes: